La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de publicar recientemente una serie de recomendaciones para proteger los datos personales cuando se acuda al teletrabajo o a otras soluciones de movilidad en momentos excepcionales como el actual, o de forma habitual en el futuro. Y esto, para evitar que se ponga en riesgo la seguridad de datos tanto personales de los que es responsable la empresa como de carácter sensible tales como referidos a propiedad industrial o intelectual, por ejemplo.
Entre las referidas recomendaciones (a cuya totalidad se puede acceder en el enlace proporcionado al final de este artículo) destacaríamos las siguientes:
- Recomendaciones dirigidas a los responsables de tratamiento (empresa u organización):
- Definir una política de protección de la información para situaciones de movilidad.
- Elegir soluciones y prestadores de servicio confiables y con garantías.
- Restringir el acceso a la información.
- Configurar periódicamente los equipos y dispositivos utilizados en las situaciones de movilidad.
- Monitorizar los accesos realizados a la red corporativa desde el exterior.
- Gestionar racionalmente la protección de datos y la seguridad.
- Recomendaciones dirigidas al personal que participa en las operaciones de tratamiento:
- Respetar la política de protección de la información en situaciones de movilidad definida por el responsable.
- Proteger el dispositivo utilizado en movilidad y el acceso al mismo.
- Garantizar la protección de la información que se está manejando.
- Guardar la información en los espacios de red habilitados.
- Si hay sospecha de que la información ha podido verse comprometida, comunicar con carácter inmediato la brecha de seguridad.
Enlace con el documento de recomendaciones emitido por la AEPD: nota-tecnica-proteger-datos-teletrabajo
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